Comisión Electoral ULA define principios autonómicos

 


COMISIÓN ELECTORAL UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

DEFINICIÓN DE PRINCIPIOS AUTONÓMICOS

COMUNICADO

 

La Comisión Electoral de la Universidad de Los Andes (ULA), en la figura de sus miembros principales, cumple con informar a la comunidad universitaria sobre la eventual realización de un proceso electoral o de la consulta al claustro ordenada por el CU el 08.05.2023:

 

1.- La Comisión Electoral, manifiesta su plena disposición a organizar los procesos electorales de nuestra Universidad, en un todo de acuerdo con el Reglamento Electoral vigente y la legislación electoral del país.

 

2.- La Comisión Electoral se declara afecta a los principios autonómicos que definen a nuestra Universidad.

 

3.- Los procesos electorales se caracterizan por un alto nivel de complejidad y de pasos o momentos de obligatorio cumplimiento, que involucran de manera directa a diferentes instancias de nuestra Universidad.

 

4.- La Comisión Electoral, consciente de su responsabilidad, procedió a dirigir las correspondientes comunicaciones al Consejo Universitario, en aras de dar los pasos iniciales que deben acompañar un proceso electoral:

 

 - Comunicación número CE-001/2023 del 20.01.2023, relacionada con el llamado a elecciones.

 

 - Comunicación número CE-042/2023 del 26.05.2023, sobre la consulta al claustro.

 

 - Comunicación número CE-045/2023 del 23.06.2023 referida a la consulta de manera virtual, informando sobre las acciones y los procedimientos llevados a cabo.

 

Adicionalmente, es necesario que de forma previa se concreten las siguientes exigencias, para poder elaborar y así cumplir con la formulación de un cronograma:

 

 - Es imprescindible contar con los registros de todos los grupos de la comunidad universitaria que tienen derecho a ejercer el voto. 

 

Los mismos deben ser emitidos por las dependencias Universitarias encargadas de administrarlos (Profesores, Dirección de Asuntos Profesorales. Estudiantes, Oficina Central de Registros Estudiantiles (OCRE). (En caso de ser necesario Oficina de Grados, entre otros).

 

 - Asimismo, es importante que entes externos como los Colegios Profesionales, suministren la información de sus respectivos representantes ante los órganos de cogobierno, cuando les sea solicitada.  

 

 - Al momento de publicar el cronograma, es obligatorio divulgar el padrón electoral, debidamente revisado y cotejado con otros instrumentos que permitan su efectiva depuración. 

 

De esa manera, es posible garantizar un período de impugnaciones de corta duración.

 

 - La correspondiente designación de las subcomisiones de las diferentes facultades y núcleos de nuestra Universidad, para poder cumplir con su debida capacitación y así garantizar un desempeño eficiente de los mismos durante todo el proceso electoral.

 

 - Proporcionar a la Comisión del equipamiento y los suministros requeridos, para realizar las actividades específicas, inherentes a la ejecución de los distintos momentos que acompañan a todo el proceso electoral.

 

Ceres Isabel Boada J. /Presidente           

María Belkis Durán R. /1ra VicePdte           

María Ofelia Rojas R. /2da VicePdte

COMISIÓN ELECTORAL UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

 


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