REMITIDO DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES



El Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, en uso de las atribuciones legales que le confieren los Artículos 24 y 26 de la Ley de Universidades, resuelve:

REMITIDO DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (ULA) CON OCASIÓN DEL EJERCICIO DEL CARGO DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Considerando
Que el artículo 2 de la Ley de Universidades, impone a las mismas estar al servicio de la Nación, correspondiéndoles la obligación de colaborar en la orientación de la vida del país, mediante su contribución doctrinaria en el esclarecimiento de los problemas nacionales; 
Considerando
Que el ciudadano Nicolás Maduro Moros, el día diez de enero de 2019, prestó juramento por ante el Tribunal Supremo de Justicia, en la ciudad de Caracas, para asumir el cargo como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, para el periodo 2019-2025, desconociendo de esta manera la competencia constitucional que expresamente tiene asignada la Asamblea Nacional para la realización de este acto; 
Considerando
Que la elección presidencial del 20 de mayo de 2018, fue convocada para una fecha distinta a la prevista por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), por la Asamblea Nacional Constituyente, órgano a todas luces inconstitucional y sin ninguna legitimidad y además incompetente para ello, elección ésta que fue realizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), árbitro comprobadamente carente de la imparcialidad requerida, en ausencia absoluta de todas las garantías constitucionales y legales que permiten la pulcritud, la transparencia y la libertad, en el sagrado ejercicio del voto por parte del pueblo venezolano;
Considerando
Que la elección presidencial del 20 de mayo de 2018, en unísono, fue expresa y públicamente desconocida, tanto por la Asamblea Nacional, como por la Comunidad Internacional de países y diversos organismos nacionales e internacionales; 
Considerando
Que la Asamblea Nacional, el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), el Grupo de Lima, diversos países de la comunidad internacional y numerosos organismos e instituciones, tanto nacionales como internacionales, han procedido públicamente a desconocer al ciudadano Nicolás Maduro Moros, como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela;
Acuerda
Primero: Que ante estos acontecimientos, que atañen al ejercicio del Poder Público, en específico al ejercicio del cargo de la presidencia de la República, cabeza del Poder Ejecutivo, asunto que problematiza aún más la situación actual de gobernabilidad del país, sometido además a una crisis general en todos sus ámbitos, sin parangón en su historia y ante los posibles escenarios de “vacío de poder” y “usurpación del cargo de Presidente de la República”, se exhorta al Poder Legislativo Nacional, por órgano de la Asamblea Nacional, a realizar todo cuanto le sea posible, a los fines de materializar todas las competencias que la Constitución Nacional le establece, ante estos escenarios.

Segundo: Que ante los pronunciamientos públicos y notorios de desconocimiento de la elección presidencial del 20-05-2018 y de desconocimiento como Presidente de la República del ciudadano Nicolás Maduro Moros, a partir de su juramentación, exhortamos a los diputados de la Asamblea Nacional y a su Junta Directiva, encabezada por su Presidente Juan Guaidó, a encontrar el camino correcto y plausible, en el ámbito y en el contexto de las normas constitucionales, específicamente las previstas en los artículos 233, 333 y 350. 

Tercero: Que ante la tarea titánica que la historia le ha asignado a la Asamblea Nacional, actual Poder Legislativo, legal y legítimo titular y portador de la Voluntad Popular, en razón de haber sido elegido mediante elección universal, libre, directa y secreta, lo exhortamos a que pongan toda su voluntad e inteligencia, al servicio del logro del diseño de una transición hacia una real y material democracia, que advertimos sólo podrá lograrse, atendiendo el camino que marca nuestra Constitución Nacional, la gran cantera de los valores y principios sobre los que se edifica la democracia.
Debe la Asamblea Nacional, mediante una hermenéutica axiológica, lograr el equilibrio entre los supuestos normativos constitucionales y la realidad política, en extremo atípica, que se presenta con el ejercicio del cargo de Presidente de la República, cabeza del Poder Ejecutivo Nacional; 

Cuarto: Que ante la tarea histórica que en principio le toca, por mandato constitucional a la Asamblea Nacional, le corresponde a la Universidad de Los Andes, en respeto al Estado Constitucional de Derecho y en ejercicio de las competencias que le asigna la Ley de Universidades, coadyuvar al logro de la consecución de una real y material democracia, en el contexto de la actual coyuntura política, en extremo atípica y difícil, y en tal sentido, ponemos a disposición de la Asamblea Nacional, todo el conocimiento que atesora nuestra casa de estudios, fundamentalmente a través de nuestras Cátedras de Ciencias Jurídicas y Ciencias Políticas;

Quinto: Que ante esta realidad, respaldamos todas aquellas acciones llevadas adelante por la Asamblea Nacional; 

Sexto: Finalmente, exhortamos a todos los miembros de la comunidad universitaria y a la ciudadanía en general, a acompañar a la Asamblea Nacional en la tarea histórica de hacer operativa y funcional la transición hacia una real y material democracia, invocando para ello la autoridad de los artículos 333 y 350 de la Constitución Nacional;

Dado, firmado y sellado, en el salón de sesiones del Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, en la ciudad de Mérida, a los veintiún días del mes de enero del año 2019.

Mario Bonucci Rossini / Rector   
                     
José María Andérez Álvarez / Secretario
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