El Consejo
Universitario de la Universidad de Los Andes, en uso de las atribuciones
legales que le confieren los Artículos 24 y 26 de la Ley de Universidades,
resuelve:
REMITIDO DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
(ULA) CON OCASIÓN DEL EJERCICIO DEL CARGO DE PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Considerando
Que el artículo 2 de
la Ley de Universidades, impone a las mismas estar al servicio de la Nación,
correspondiéndoles la obligación de colaborar en la orientación de la vida del
país, mediante su contribución doctrinaria en el esclarecimiento de los
problemas nacionales;
Considerando
Que el ciudadano
Nicolás Maduro Moros, el día diez de enero de 2019, prestó juramento por ante
el Tribunal Supremo de Justicia, en la ciudad de Caracas, para asumir el cargo
como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, para el periodo
2019-2025, desconociendo de esta manera la competencia constitucional que
expresamente tiene asignada la Asamblea Nacional para la realización de este
acto;
Considerando
Que la elección
presidencial del 20 de mayo de 2018, fue convocada para una fecha distinta a la
prevista por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV),
por la Asamblea Nacional Constituyente, órgano a todas luces inconstitucional y
sin ninguna legitimidad y además incompetente para ello, elección ésta que fue
realizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), árbitro comprobadamente
carente de la imparcialidad requerida, en ausencia absoluta de todas las garantías
constitucionales y legales que permiten la pulcritud, la transparencia y la
libertad, en el sagrado ejercicio del voto por parte del pueblo venezolano;
Considerando
Que la elección
presidencial del 20 de mayo de 2018, en unísono, fue expresa y públicamente
desconocida, tanto por la Asamblea Nacional, como por la Comunidad
Internacional de países y diversos organismos nacionales e
internacionales;
Considerando
Que la Asamblea
Nacional, el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA),
el Grupo de Lima, diversos países de la comunidad internacional y numerosos
organismos e instituciones, tanto nacionales como internacionales, han
procedido públicamente a desconocer al ciudadano Nicolás Maduro Moros, como
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela;
Acuerda
Primero: Que ante estos acontecimientos, que atañen al ejercicio del Poder
Público, en específico al ejercicio del cargo de la presidencia de la
República, cabeza del Poder Ejecutivo, asunto que problematiza aún más la situación
actual de gobernabilidad del país, sometido además a una crisis general en
todos sus ámbitos, sin parangón en su historia y ante los posibles escenarios
de “vacío de poder” y “usurpación del cargo de Presidente de la República”, se
exhorta al Poder Legislativo Nacional, por órgano de la Asamblea Nacional, a
realizar todo cuanto le sea posible, a los fines de materializar todas las
competencias que la Constitución Nacional le establece, ante estos escenarios.
Segundo: Que ante los pronunciamientos públicos y notorios de desconocimiento
de la elección presidencial del 20-05-2018 y de desconocimiento como Presidente
de la República del ciudadano Nicolás Maduro Moros, a partir de su
juramentación, exhortamos a los diputados de la Asamblea Nacional y a su Junta
Directiva, encabezada por su Presidente Juan Guaidó, a encontrar el camino
correcto y plausible, en el ámbito y en el contexto de las normas
constitucionales, específicamente las previstas en los artículos 233, 333 y
350.
Tercero: Que ante la tarea titánica que la historia le ha asignado a la
Asamblea Nacional, actual Poder Legislativo, legal y legítimo titular y
portador de la Voluntad Popular, en razón de haber sido elegido mediante
elección universal, libre, directa y secreta, lo exhortamos a que pongan toda
su voluntad e inteligencia, al servicio del logro del diseño de una transición
hacia una real y material democracia, que advertimos sólo podrá lograrse,
atendiendo el camino que marca nuestra Constitución Nacional, la gran cantera
de los valores y principios sobre los que se edifica la democracia.
Debe la Asamblea
Nacional, mediante una hermenéutica axiológica, lograr el equilibrio entre los
supuestos normativos constitucionales y la realidad política, en extremo
atípica, que se presenta con el ejercicio del cargo de Presidente de la
República, cabeza del Poder Ejecutivo Nacional;
Cuarto: Que ante la tarea histórica que en principio le toca, por mandato
constitucional a la Asamblea Nacional, le corresponde a la Universidad de Los
Andes, en respeto al Estado Constitucional de Derecho y en ejercicio de las
competencias que le asigna la Ley de Universidades, coadyuvar al logro de la
consecución de una real y material democracia, en el contexto de la actual
coyuntura política, en extremo atípica y difícil, y en tal sentido, ponemos a
disposición de la Asamblea Nacional, todo el conocimiento que atesora nuestra
casa de estudios, fundamentalmente a través de nuestras Cátedras de Ciencias
Jurídicas y Ciencias Políticas;
Quinto: Que ante esta realidad, respaldamos todas aquellas acciones
llevadas adelante por la Asamblea Nacional;
Sexto: Finalmente, exhortamos a todos los miembros de la comunidad
universitaria y a la ciudadanía en general, a acompañar a la Asamblea Nacional
en la tarea histórica de hacer operativa y funcional la transición hacia una
real y material democracia, invocando para ello la autoridad de los artículos
333 y 350 de la Constitución Nacional;
Dado, firmado y
sellado, en el salón de sesiones del Consejo Universitario de la Universidad de
Los Andes, en la ciudad de Mérida, a los veintiún días del mes de enero del año
2019.
Mario
Bonucci Rossini / Rector
José María Andérez Álvarez / Secretario
0 comentarios:
Publicar un comentario