Convocatoria a la Asamblea del NURR

CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA DEL NÚCLEO UNIVERSITARIO “RAFAEL RANGEL” DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES EN EL ESTADO TRUJILLO.

VICERRECTORADO

Quien suscribe, Profesor Geovanny Gregorio  Castellanos Villegas, venezolano, mayor de edad, C.I.V.-  5.789.878, Abogado, en mi condición de Vicerrector-Decano (E) del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” de la Universidad de los Andes en el estado Trujillo, designado por el Consejo Universitario de la Universidad de los Andes, según resolución N° CU-0062/19 en sesión ordinaria del día 14/01/2019. En un todo conforme a lo establecido en el artículo 109 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y a las atribuciones que me confiere el artículo 67 numeral 4 de la Ley de Universidades, en concordancia con los preceptos establecidos en el Estatuto Orgánico del NURR,  y:

CONSIDERANDO
Que no se pueden celebrar elecciones libres, directas y secretas para elegir a las autoridades del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” de la Universidad de los Andes en el estado Trujillo, hasta tanto la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, decida el avocamiento sobre los expediente AA70-E-2011-000036, AA70-E-2011-000050 de la Sala Electoral, ambos contenidos en el expediente AA50-A-2012-000895, por tanto, se requiere proponer ante el Consejo Universitario a la persona que asumirá la conducción del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” de la Universidad de los Andes en el estado Trujillo, con carácter temporal, hasta tanto se puedan celebrar dichas elecciones.

CONSIDERANDO
Que el Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes desde la sesión extraordinaria del día 17/10/20018, ha asumido provisionalmente el gobierno del Núcleo, conforme a la atribución contenida en el artículo 26 numeral 10 de la Ley de Universidades, en tal sentido, el Consejo Universitario en sesión ordinaria del día 14/01/2019, conoció y aprobó la moción de urgencia relacionada con la RENUNCIA por razones de salud del Profesor Jesús Enrique Matheus Labastidas, venezolano, mayor de edad, C.I. V-5.101.064 al Cargo de Vicerrector-Decano (E) del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” de la Universidad de los Andes en el estado Trujillo.

CONSIDERANDO
Que desde la designación del Prof. Geovanny Gregorio Castellanos Villegas, de fecha 14/01/2019, se debe convocar dentro de los 60 días hábiles siguientes a la Asamblea de Núcleo, con el objeto de proponer a la persona que va a asumir la conducción del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” de la Universidad de los Andes en el estado Trujillo, a título de encargaduría.

CONSIDERANDO
Que es deber impostergable de la Asamblea de Núcleo, garantizar la prosecución y cumplimiento de los objetivos, metas y el fin académico del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” de la Universidad de los Andes en el estado Trujillo.
CONVOCA
La realización de la Asamblea del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” de la Universidad de los Andes en el estado Trujillo, la cual se celebrará conforme a los parámetros establecidos en la sección V de las Asambleas de las Facultades, artículos 52 y siguientes de la Ley de Universidades, en concordancia a lo establecido en el artículo 23 del Reglamento Parcial de la Ley de Universidades, con el objeto de proponer al Consejo de Núcleo el nombre de la persona que se presentará al Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, para que le designe como Decano Vicerrector Encargado.
En este sentido, conforme a lo establecido en las normas anteriormente señaladas, se convoca a los profesores Honorarios, Titulares, Asociados, Agregados y Asistentes; a los Representantes Estudiantiles y Representantes de los Egresados ante la Asamblea del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” de la Universidad de los Andes en el estado Trujillo, para que asistan el día miércoles veintinueve de mayo de dos mil diecinueve  (29/05/2019), a las 8:30 am, al Auditorium “Argimiro Gabaldón”,  ubicado en la Casa Carmona “Dr. Antonio Luis Cárdenas Colmenter”, a fin de que en Asamblea del N.U.R.R., se consideren las postulaciones que se deseen hacer y se escoja a la persona que se ha de proponer para el cargo de Decano Vicerrector, a título de encargaduría (E) y con carácter temporal, para ejercer ese cargo hasta que se autorice legal y formalmente la celebración de elecciones en el Núcleo, todo conforme a lo establecido en los dispositivos técnicos y legales vigentes.
En este sentido, el postulado deberá reunir los requisitos legales correspondientes para dicho cargo; el Consejo de Núcleo llevará el mismo ante el Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes y es este órgano colegiado como máxima instancia universitaria, el que procederá a nombrar al Decano Vicerrector Encargado, quien podrá mantenerse en el ejercicio de dicha función, siempre y cuando mantenga los requisitos exigibles para dicho cargo.

En Trujillo a los 16 días del mes de Mayo de 2019.

Dr. Geovanny Gregorio  Castellanos Villegas
Decano- Vicerrector (E).
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Acerca de Prensa NURR-ULA

Sitio Oficial de la Oficna de Prensa de la Universidad de Los Andes, Núcleo Universitario Rafael Rangel en Trujillo-Venezuela.
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