Ecocidio de Media Loma y su similitud con lo ocurrido en terrenos del NURR

 

Unos 80.000 habitantes de Pampán y Pampanito reciben agua potable del Jardín Botánico del NURR (Foto: Carlos Cegarra)

*Profesor Geovanny Castellanos,

Decano Vicerrector (E) del NURR-ULA*

 

El caso de la parte alta de las comunidades Media Loma y El Censo de la parroquia Puerta, municipio Valera del estado Trujillo, donde el INTI les dio garantía de permanencia a dos grupos familiares sin tener posesión en terrenos de la zona de amortiguación del Parque Nacional Sierra de la Culata, incluyendo parte de dicha área protegida, por cierto asiento de  frailejón y aliso, especies endémicas y nacientes de agua, con amplio valor ambiental y de patrimonio cultural incalculable, tiene mucha relación con el modus operandi que está ocurriendo en los terrenos del NURR, ubicados entre las jurisdicciones de Pampanito y Pampán, los cuales sirven de sede regional a la "Villa Universitaria Rafael Rangel", de la ULA, y donde se encuentran los acuíferos comprendiendo el sistema de bombeo para surtir de agua a más de 80.000 habitantes,  residentes desde La Peñita de Pampanito hasta Flor de Patria.

Estos terrenos están ambientalmente protegidos y actualmente son  invadidos por un grupo de personas que muchos de ellos son representados y defendidos por el abogado Arcadio Hernández Fernández y donde incluso algunos tienen instrumentos de protección otorgados por el INTI en situación irregular, hecho que también ocurre en la parte alta de la Media Loma y El Censo.

Lo anterior  representa una incongruencia porque en ambos casos  existe razones suficientes para solicitar una averiguación precisa que determine responsabilidades penales y administrativas por cuanto es un hecho notorio la protección que se le debe dar a esos terrenos. 

En lo anterior existen pruebas escritas de tales actuaciones por lo que hago un llamado a las autoridades Nacionales del INTI para que intervengan el INTI Trujillo y cambien sus autoridades, así mismo a la Fiscalía Penal Ambiental para que abra una averiguación y determine la responsabilidad penal por los hechos señalados, no solamente a los autores del delito ambiental que se está cometiendo; sino también, a los funcionarios que han intervenido en el proceso de adjudicación y otorgamiento de esos instrumentos, los cuales urgentemente deben ser revocados, ya que así lo establece la Ley Penal del Ambiente y la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, así mismo decisiones del Tribunal Supremo de Justicia.

También se hace un llamado a todos los ambientalistas para que visiten esos terrenos, los cuales están siendo destruidos ambientalmente y necesitan de la protección de todos a los que nos compete protegerle, tal y como lo manda los Artículos 127 al 129 de la Carta Magna.

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